8
de marzo: Invisibles nunca más
Hoy
es un día de reivindicación y lucha.
Un día en el que visibilizamos y reconocemos a aquellas que, contra viento y
marea, se siguen enfrentando al poder como obreras y como mujeres. Un día en el
que afirmamos que la realidad de la mujer trabajadora nos dibuja un mapa en el
que la invisibilización, la pobreza, la discriminación y la violencia son
aspectos definitorios. Un día en el que recordamos que la lucha de la mujer trabajadora ni es ni puede ser una lucha
secundaria.
Las
mujeres de clase obrera se enfrentan diariamente a una doble discriminación: por ser obreras y por ser mujeres. La brecha salarial alcanza niveles
vergonzosos y se concreta en cosas como la menor retribución de las mujeres por
trabajos equivalentes (como ocurre, por ejemplo, en la diferencia entre
limpiador/a y peón); infravaloración de categorías tradicionalmente femeninas
(camareras de piso, planchadoras, cuidadoras...) o diferencias
salariales entre sectores
feminizados y masculinizados.
Esta discriminación
también se materializa en aspectos relacionados con el acceso al empleo, la
promoción o la formación:
establecimiento de criterios de selección
falsamente objetivos (por ejemplo, exigir un título de automoción para
trabajar en una cadena de montaje); criterios basados en la disponibilidad
horaria o, lo que es peor y más habitual, ausencia de criterios de selección,
lo que permite a la empresa contratar de forma sexista sin más explicación;
eliminación de determinados beneficios para categorías con sobre-representación
femenina (como pluses, cobertura de vacantes o transformación de contratos
temporales en indefinidos); establecimiento de cursos de formación fuera de la
jornada laboral... etc.
A
esto hay que sumar que los contratos
temporales en actividades de carácter permanente, los falsos contratos parciales con jornadas extenuantes o los trabajos
por horas, sin cotización o sin contrato, afectan mayoritariamente a las mujeres. Todo ello debe ser
entendido en base a que la inmensa mayoría de los cuidados informales y
formales son llevados a cabo por mujeres y esas tareas, fundamentales para el
mantenimiento de la sociedad, están profundamente infravaloradas. A este respecto,
la última reforma laboral supuso una
vuelta de tuerca más al llevar a cabo una regresión en lo referente a la
restricción de la posibilidad de reducción de jornada, la
des-responsabilización de las empresas en la implementación de medidas por la
igualdad y la eliminación de facto de cualquier atisbo de corresponsabilización
entre hombres y mujeres.
La
conciliación se entiende como un derecho, no como una obligación. Es decir, no
se puede obligar legalmente a un hombre a compartir las tareas domésticas y
que, por lo tanto, eso afecte a su situación laboral, de la misma manera que no
se puede obligar a una mujer. La diferencia es que las mujeres están obligadas
como consecuencia de la división de tareas en un sistema patriarcal, que es
mucho más implacable que la ley.
Para
rematar la faena, la paralización de la Ley
de promoción de la autonomía personal y
atención a las personas en situación de dependencia, con su consecuente
eliminación de la cotización a la Seguridad Social de los cuidados familiares,
supone no sólo la confirmación de que las personas dependientes no son
consideradas sujetos de derechos sino que, además, esa pérdida de derechos debe ser extendida a las personas cuidadoras:
que se verán todavía más aisladas, más empobrecidas y más dependientes de los
ingresos de terceros.
Cuando
las tareas domésticas se realizan de forma remunerada, la situación (mejorada
con la entrada en vigor del Real Decreto 1620/2011) continúa siendo dantesca.
Las Empleadas Domésticas son un sector que, simple y llanamente, no tiene
reconocidos los Derechos Fundamentales que marca la Constitución Española y que
está fuera del Estatuto de los trabajadores: pueden tener el deber de pernoctar
en su puesto de trabajo, además de las 40 horas semanales, pueden tener la
obligación de encontrarse a disposición 20 horas semanales más (además de las
horas extra); no tienen derecho a prestaciones por desempleo; su despido es más
barato y cabe el mero desistimiento; no tienen derecho a la jubilación
anticipada ni parcial; la posibilidad de inspección se encuentra limitada; la
nulidad del despido nunca conlleva la readmisión y la jurisprudencia tasa la
indemnización en caso de despido nulo al equivalente a un despido improcedente
en el Estatuto de los Trabajadores.
La
mujer trabajadora se enfrenta diariamente no sólo a estas situaciones sino
también al hecho de que esas injusticias
estén normalizadas en una sociedad machista. Esta normalización de la
desigualdad es causa de la feminización de la pobreza, limita que las mujeres
puedan enfrentarse a la violencia de género y dificulta, de forma directa, la
participación de la mujer en las luchas sindicales. La lucha de la mujer
trabajadora se ve habitualmente ignorada, menospreciada e incluso ridiculizada.
Para
la CNT, es la Clase Obrera auto-organizada la que es capaz de analizar,
comprender y revertir esas situaciones en una lucha que, por ser obrera y
libertaria, es necesariamente antipatriarcal. Por todo ello, en este 8 de
marzo, los trabajadores y trabajadoras de la CNT volvemos a afirmar alto y
claro que no, que no hay luchas de
segunda, hay oprimidas de segunda y que, por ello, continuaremos enfrentándonos
a la invisibilización, la pobreza, la discriminación y la violencia.
Viva el ocho de marzo
Viva la lucha de la mujer
trabajadora
Secretariado
Permanente del Comité Confederal de CNT